lunes, 25 de junio de 2012

ACTIVIDADES CULTURALES DE LOS AYUNTAMIENTOS QUE PUEDEN GENERAR DERECHOS DE AUTOR

ACTIVIDADES CULTURALES PROMOVIDAS O CELEBRADAS POR LOS AYUNTAMIENTOS QUE GENERAN DERECHOS DE AUTOR

Actividades culturales, que utilizando repertorio de obras protegidas por SGAE, generan derechos de autor que deberán ser pagados a SGAE.
1.     Conciertos, recitales de música sinfónica, recitales de música no sinfónica y espectáculos de variedades. Independientemente la entrada sea con taquillaje o de acceso libre (según la modalidad, variará la tarifa a aplicar)
2.     Espectáculos cirquenses: El importe de la tarifa puede variar en función a la capacidad del circo y a la duración de los números musicales
3.      Bailes esporádicos amenizados por música en vivo o música grabada.: Las tarifas serán distintas dependiendo de que el acceso sea con entrada, de forma gratuita o condicionada a alguna consumición.
4.     Exhibición pública de películas cinematográficas.:Tarifas condicionadas al precio de la entrada si la hubiere o a la aplicación de la correspondiente tarifa mínima establecida.
5.     Actos celebrados en la vía pública o al aire libre, tales como pasacalles, bailes folclóricos, desfile de carrozas…etc.:Tarifas en función al número de habitantes del municipio.

Si deseas una más amplia información y conocer al detalle como se aplican las Tarifas: Condicionamientos, mínimos establecidos, importes, requisitos para solicitar licencias ....etc. Ponte en contacto con nosotros:

  
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viernes, 15 de junio de 2012

Entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual

ENTIDADES DE GESTION


·        ¿Qué son las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual?

         Las entidades de gestión son entidades sin ánimo de lucro que tienen por objeto "la gestión de derechos de explotación u otros de carácter patrimonial, por cuenta y en interés de varios autores u otros titulares de derechos de propiedad intelectual".
 
        Estas entidades, que en España se han constituido como asociaciones de titulares de derechos de propiedad intelectual (autores, artistas, productores, etc.), deben contar con la autorización del Ministerio de Cultura para funcionar como tales.

·        ¿Cuántas son las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual?

         Hasta la fecha, el Ministerio de Cultura ha autorizado ocho entidades de gestión, que representan a los siguientes titulares de derechos:

   De autores: SGAE (Sociedad General de Autores y Editores), CEDRO (Centro español de derechos reprográficos), VEGAP (Visual entidad de gestión de artistas plásticos), DAMA (Derechos de autor de medios audiovisuales).
   De Artistas intérpretes o ejecutantes: AIE (Artistas intérpretes o ejecutantes, sociedad de gestión de España, AISGE (Artistas intérpretes, sociedad de gestión).
   De Productores: AGEDI (Asociación de gestión de derechos intelectuales), EGEDA (Entidad de Gestión de Derechos de los productores audiovisuales).

·        ¿Las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual son privadas o públicas?

        En su organización y funcionamiento las entidades de gestión, como entes privados que son, funcionan con total autonomía y están solo sujetas a la observancia de las normas del ordenamiento jurídico y en particular a lo dispuesto en la Ley de Propiedad intelectual.